31/10/09

El campo de Zaraobe (Saraube)

En el centro del Condado de Ayala y a un cuarto de hora de Amurrio y tres aproximadamente de Respaldiza, sobre un pintoresco collado que da hermosas vistas a todos los puntos cardinales se encuentra el campo que nos ocupa titulado Saraube. Campo importantísimo porque en él se reunían los infanzones, escuderos, fijos-dalgos del solar ayalés para tratar de los asuntos pertenecientes a la administración de su amadísimo país desde luengos siglos.

Allí tomaron asiento los condes que sucedieron en el estado; allí también los nobles de las Casas-solariegas: en él no existieron nunca muebles ni asientos donde se recostaran ni reclinaran los gobernadores que elegidos por la suerte se habían de dedicar al régimen y gobierno de sus queridos vecinos: sillares de piedras labradas eran los escaños y una grande mesa de igual clase en el centro: he aquí los objetos que adornaban el punto de reunión de Saraube.

Ningún techo ni amueblaje había: un cuadro perfecto formado por no elevadas paredes y en una la entrada, cerrada sólo con verja de hierro en sencillo marco de sillería: sólo el hermoso cielo que en su extenso horizonte se divisa en todas direcciones.

Así, allí, en pública reunión, siendo testigos de sus actos el cielo y la tierra y demás obras del Omnipotente Dios, que contemplándose satisfechos desde la eminencia del lugar, embarga los sentidos del hombre pensador, prestaron juramento de cumplir bien y fielmente sus cargos aquellos nobles ayaleses de imperecedera memoria, muchos siglos antes que el nuestro, y sin interrupción todos los años.

La eleccción de las justicias de Ayala se hacía el día de San Miguel Arcangel de cada año y ésta consistía en 5 alcaldes, 5 diputados, un procurador general 2 diputados personeros del común, denominados después "Alcaldes de hermandad" y un tesorero general distribuidos por los pueblos por turno, y a calidad de que, para evitar las controversias que producían los bandos, si el alcalde era oñacino, el diputado fuese gamboino.

Para la distribución de los mandos y gobierno, todo el condado se dividía en 5 cuadrillas y cada cuadrilla tenía su alcalde y diputado. Estas cuadrillas eran las siguientes:

1ª Cuadrilla de la Sopeña. Sus pueblos eran: Respaldiza, Maroño, Aguiñiga, Madaria, Salmanton, Menoyo, Oceca, Lejarzo, Añes, Sojo, Erbi y Lujo.

2ª Cuadrilla de Lezama: Barambio, Astobiza, Larrimbe, Lecamaña, Saracho, Echegoyen, Lezama e Izoria.

3ª Cuadrilla de Amurrio: Amurrio, Olabezar, Murga y Luyando.

4ª Cuadrilla de Llanteno: Llanteno, Quejana, Menagaray, Retes de Llanteno, Costera, Mendieta, Retes de Tudela, Sojoguti y Santa Coloma.

5ª Cuadrilla de Oquendo: Beotegui, Zuaza y Oquendo.

La elección se hacía por los justicias del año anterior por rigurosa insaculación y previo juramento que prestaban ante el procurador general y fe extendida y firmada de un escribano en clase de secretario, pudiendo asistir al acto todos los vecinos, a cuyo efecto se hacía la convocatoria y además a repique de campana en todos los pueblos.

Constituidos los electores en el Campo de Saraube, y previo todo el ceremonial, recibía cada elector un cascabel de plata en el cual introducía el nombre del candidato para alcalde o diputado; todos los dichos cascabeles se introducían luego en una urna por el procurador general, y cuya extracción hacía luego un niño de corta edad. Hecho el escrutinio, eran proclamados los que tenían más votos y su proclamación victoriosa se anunciaba en el acto con una nutrida descarga de armas; pero los elegidos no tomaban posesión hasta el día primero de enero siguiente.

El acto de la toma de posesión tenía lugar en la iglesia de Santa María de la Asunción de Respaldiza, donde comparecían los elegidos y prestaban juramento con las manos sobre los evangelios y en presencia de un crucifijo. La fórmula era ésta: El procurador general decía "¿Jurais, por Dios Nuestro Señor, cuya imagen teneis presente, y los Santos Evangelios, guardar y hacer guardar los fueros, usos y costumbres del país y los capítulos de la ordenanza?". La respuesta debía ser afirmativa.

Historia del Condado de Ayala/ Santiago de Mendia (1892)

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